En uno de los primeros fallos del 2021, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una queja interpuesta por el Estado Nacional debido a que no se acreditó el depósito exigido por el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El Senado convirtió en ley un proyecto que incluye una serie de incentivos para la construcción. Destacamos los siguientes puntos:
✔ Regulación de un régimen de incentivo a la construcción a fin de promover el desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios. Se incluyen construcciones, ampliaciones e instalaciones, incluyendo obras privadas con cierto grado de avance.
✔ Eximición del Impuesto sobre los Bs Ps del valor de las inversiones en construcción de obras privadas nuevas realizadas hasta el 31.12.2022 inclusive, pudiendo computarse como pago a cuenta del impuesto el 1% del valor de las inversiones en construcción.
✔ Diferimiento del I.T.I. o Impuesto a las Ganancias (según corresponda) en caso de desarrollo de un proyecto inmobiliario.
✔ Blanqueo de capitales para proyectos inmobiliarios. Los sujetos incluidos en la ley podrán declarar ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y hasta 120 días posteriores.
✔ Impuesto especial de 5% para quienes declaren los fondos dentro de los primeros 60 días; de 10% para los que lo hagan hasta el día 90 y de 20% para quienes lo hagan más adelante.